Martes, 28 de junio del 2016

¿Apunto de invertir? Evalúa si te conviene retirar tu dinero

Para recibir una pensión mínima mensual de S/ 484, el fondo de pensiones debe ascender a S/ 87 000.

¿Apunto de invertir? Evalúa si te conviene retirar tu dinero
La amortización de un crédito hipotecario es uno de los mayores beneficios que te ofrece la posibilidad de retirar el 95,5% de tus fondos de pensiones disponibles en tu Cuenta Individual de Capitalización.

A partir de abril de este año entró en vigencia la Ley Nº 30425, que permite la disponibilidad hasta del 95,5% de los aportes depositados a las AFP. Los afiliados que tengan 65 años (la edad de jubilación) o más pueden retirar dicha cantidad de los fondos disponibles en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).

Sin embargo, Rafael Picasso, vicepresidente de la Asociación de AFP, subraya que no se trata de una obligación. Estas personas pueden optar también por percibir una pensión o decidirse por una combinación entre retiro y pensión. “En caso decidan retirar un porcentaje menor al 95,5%, el resto de su fondo financiará su pensión de jubilación”.

Ahora, en el supuesto de que se opte por retirar el monto máximo, puede hacerse en las armadas que se considere conveniente. Si es en una sola, la AFP entregará el dinero en un plazo no mayor de tres días hábiles contados desde la suscripción del Formato de Decisión de Opción de Retiro y/o Pensión.

¿CONVIENE RETIRAR?

Un aspecto importante por contemplar es la consecuencia inmediata que indica la ley: el afiliado que ejerza la opción del retiro máximo no tendrá derecho a ningún beneficio de garantía estatal, como por ejemplo, el programa Pensión 65.

Es necesario también saber que “para recibir una pensión mínima mensual de S/ 484, el fondo de pensiones debe ascender a S/ 87.000; y para que la pensión sea de alrededor de una remuneración mínima vital, el fondo debe ser de S/160.000. Estos parámetros deben servir para decidir respecto a la conveniencia del retiro del 95,5 % del fondo acumulado al jubilarse”, dice Marcel Ramírez La Torre, docente de la Maestría de Tributación y Política Fiscal de la Escuela de Posgrado de la Universidad de Lima.

Hay que recordar que el procedimiento aprobado por la SBS se inicia con un proceso de información al afiliado, en el cual se le proporcionan los montos estimados de su fondo y de las pensiones que podría recibir bajo las modalidades vigentes, y así se le brindan siete días para tomar la decisión más informada.

CRITERIOS PARA INVERTIR

Si está pensando en hacer una inversión, tenga en cuenta lo siguiente:

1. Dichos fondos, una vez retirados de la cuenta individual de capitalización (CIC), dejan de ser inembargables, por lo que se exponen a los riesgos de incumplimiento de pago de obligaciones, ya sean financieras o tributarias (ante la Sunat o demás administraciones tributarias locales).

2. Es necesario evaluar los riesgos de cada alternativa.

3. Otro punto a evaluar es en qué moneda se realizarían los depósitos (ver si conviene soles o dólares) y cuáles son las alternativas de ahorro en bancos y aseguradoras, como en las mismas AFP. Es cuestión de analizar las alternativas para tomar la decisión.

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