Si bien la implementación del régimen actual ha sido eficaz, podría requerir cambios en los próximos años.
Luego de atravesar por diversos ajustes durante las últimas tres décadas, la compensación por tiempo de servicios (CTS) se ha convertido uno de los beneficios más importantes que poseen los trabajadores formales en el Perú. Aunque los especialistas consideran que debe ser una forma de ahorro, su excesiva flexibilidad permite a muchos colaboradores acceder a este monto con anticipación.
IMPLEMENTACIÓN
Desde su introducción en la Ley del Empleado Particular n.° 4916, en 1924, el planteamiento y aplicación de la CTS ha variado de manera considerable hasta la actualidad. Raúl Saco, profesor de Derecho Laboral en la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), señala que inicialmente aplicaba solo para los trabajadores empleados. Es en 1936 que el beneficio también se extendió a los obreros mediante la Ley 8439.
A pesar de este cambio, existían diferencias en el otorgamiento del beneficio entre empleados y obreros. Uno de ellos era el motivo del cese: renuncia, retiro o despido. Según el caso impactaba en la forma de calcular el depósito y la cantidad de dinero. También se registraron variaciones en el monto máximo que se podía otorgar entre los trabajadores, según su fecha de ingreso y si se reincorporaban al servicio.
Con la inflación que atravesó el país entre 1985 y 1990, este beneficio fue considerado una de las causas de la quiebra de diversas empresas, desde el punto de vista contable. Saco explica que muchas organizaciones tenían colaboradores muy antiguos, por lo que el empleador debía tener una reserva contable de las CTS a pagar. “En ese contexto, y hasta 1991, se pagaba una remuneración diferida. No era mensual, sino al cese del trabajador”.
El actual Decreto Legislativo 650 señala que la CTS es un beneficio social de previsión y promoción para la familia del trabajador. Para el docente posee un carácter casi asistencial y similar a un seguro de desempleo, ya que apunta a facilitar un dinero para que el colaborador pueda afrontar la contingencia del cese y el eventual desempleo. En el caso de los jóvenes, la búsqueda de un nuevo trabajo puede demandar de tres a seis meses.